El plagio es considerado un delito, el derecho a la propiedad de intelectualidad está explicita en el Código Civil 1930, art 359 Ley Número 96 del 15 de julio de 1998, Ley de Propiedad Intelectual del gobierno de Puerto Rico.
La violación a este derecho puede exponer a la persona a la restitución, confiscación o destrucción de las obras, además de una compensación monetaria por los daños ocasionados.
Por otro lado, a nivel educativo cada Institución tiene sus reglamentos y políticas establecidas sobre el tema; que pueden ir desde una amonestación verbal, escrita hasta la suspención y/o expulsión del alumno según sea la severidad del caso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario